Escrituras de Compraventa de Inmueble
Según nuestra legislación salvadoreña en su Art. 1597.- La compraventa es un contrato en que una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquélla se dice vender y ésta comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama precio.
Podemos decir entonces que es aquel contrato traslaticio de posesión, dominio y derechos anexos de una propiedad, donde una de las partes se obliga a dar y el otro a pagar por lo recibido, deben comparece tanto vendedor y el comprador de forma voluntaria, ante notario autorizado por La CSJ de El Salvador, para la elaboración de la compraventa de inmueble, también pueden comparecer aquellas personas que tengan poder especial para representarlos y otorgar este tipo de actos o contratos, esto se da cuando una de los comparecientes o ya sean ambos, es decir ya sea el vendedor o comprados no se encuentren en el mismo lugar para celebrar el contrato.
Dentro de la compraventa se hace la descripción técnica del inmueble, tomando de referencia el antecedente, es decir la escritura anterior, se establece el precio del inmueble, la aceptación de la venta por parte del comprador y futuro dueño.
Si en un dado caso usted no tiene la escritura, se puede solicitar una certificación literal al CNR donde está registrado el inmueble que nos atañe, también es necesario verificar que dicho inmueble esté libre de gravamen, para eso nos sirve una certificación extractada del CNR, si usted necesita una de estas dos certificaciones, no dude en contactarnos, con gusto le ayudaremos a solicitarla.
Con las últimas reformas a la Ley tributaria ahora también debe de estar inscrito el inmueble en la oficina de Catastro de la Alcaldía Municipal de jurisdicción donde está ubicado el inmueble, esto para efecto de inscribir dicha compraventa.
También es importante mencionar que depende el precio del inmueble se debe pagar el impuesto a la transferencia de bienes raíces, así como también pagar los derechos de Registro, una vez inscrita la compraventa ya está lista para su retiro si usted no puede retirarla por sí mismo, como notario autorizante del contrato se debe de hacer una autorización para que una persona de su confianza pueda retirarla.